Sobre Estonia

Sistema Fiscal en Estonia

Existe una tendencia internacional a buscar sistema fiscal que sea un estímulo para la economía y no un obstáculo. Varios países han sustituido con éxito sus complejos sistemas fiscales por modernos sistemas simplificados, baratos, equitativos, fáciles de entender por la población y fáciles de controlar por la administración. Estonia es líder mundial en avances fiscales y por ello se ha convertido en un imán para la inversión extranjera:

  • En 1994 introdujo una tasa única en el Impuesto sobre la renta de las Personas Física (IRPF) y en el Impuesto sobre Sociedades (IS).
  • Uno de los principios dominantes de su sistema fiscal es que la renta se debe gravar solamente una vez, es decir, no hay doble tributación de los ahorros o dividendos y tampoco existe ni Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), ni Impuesto sobre el Patrimonio (IP).
  • Desde el año 2000 el IS tiene un tipo único del 21% (se prevé que baje progresivamente en los próximos años hasta el 18%). Sólo se tributa a ese 21% si hay distribución de dividendos. Si no hay distribución de dividendos los beneficios no tributan haya o no reinversión. Es decir, existe un diferimiento total y absoluto del impuesto hasta el momento de la distribución de dividendos.

Este sistema fiscal ha sido recientemente bendecido por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (entre otras por la Sentencia del Caso C-284/06 Burda GbmH) al considerar compatible con el Derecho Comunitario el Sistema Fiscal Estonio, y en particular compatible con la Directiva Matriz-Filial.

Estonia no es un paraíso fiscal. Su Sistema Fiscal no contiene ninguna de las características de los paraísos fiscales. Ni España ni ningún organismo internacional consideran a Estonia un paraíso fiscal.
Estonia y España tienen en vigor un Convenio de Doble Imposición (BOE 03-02-2005)

Ventajas Fiscales en Estonia

La ausencia de tributación en el IS si no hay distribución de beneficios y la existencia de un Convenio de doble Imposición entre España y Estonia otorga múltiples posibilidades de planificación fiscal para inversores españoles, “high net worth individuals”, sociedades tenedoras de carteras financieras con rendimientos recurrentes y empresas cabeceras de grupo con implantación o que pretendan expandirse en el mercado báltico.

Ventajas fiscales para el inversor español mediante el establecimiento de una Sociedad residente en Estonia:

  • Sociedad con Actividad Económica: Rentas empresariales.
    • No tributación IS hasta reparto de dividendos. Régimen de diferimiento en caso de no distribución de dividendos.
    • Tributación en Estonia al 21% sólo en caso de distribución de dividendos. Mayor capacidad operativa que en España al no detraer recursos vía impuesto recurrente.
    • Efecto comparado con España retribución vía dividendo para empresario: 21% con sociedad en Estonia frente a un 44,7% con sociedad en España (IS+IRPF).
    • Repatriación vía dividendos no tributa en España.
    • Sistema fiscal trasparente y seguro.

En consecuencia, Estonia se muestra como un país idóneo para asentar una sociedad holding que remanse los beneficios obtenidos en actividades realizadas en el área de los países bálticos y el mercado Ruso. Así lo vienen haciendo muchas multinacionales que operan en estos ámbitos geográficos.

  • Sociedad con Inversiones Financieras (sociedad con actividad económica o sociedad de inversión familiar): Dividendos, intereses, ganancias de capital.No tributación IS hasta reparto de dividendos. Régimen de diferimiento en caso de no distribución de dividendos
    • Tributación en Estonia al 21% sólo en caso de distribución de dividendos. Sociedades para remansamiento de rentas, generación y preservación del patrimonio. Efecto multiplicador de rentabilidad ya que las rentas recurrentes no tributan. El régimen de diferimiento fiscal hace que no se drene rentabilidad de forma constante.
    • Posibilidad de cambio de fondos sin tributar en sede societaria.
    • No son necesarias sociedades de inversión con complejos requisitos y altos costes como en España. En Estonia cualquier sociedad, incluso aunque su actividad sea exclusivamente la inversión financiera, se beneficia de su Sistema Fiscal.
    • Inversiones con dividendo: 21% en Estonia frente a 44,7% en España.
    • Repatriación vía dividendos no tributa en España.
    • Sistema fiscal trasparente y seguro.

En consecuencia, Estonia se muestra como un país idóneo para situar una sociedad de cartera.